Belinchón Abogados · Despacho online Belinchón Abogados BELINCHÓN ABOGADOSDESPACHO ONLINE Plantéanos tu caso
Inicio › Extranjería
Área de trabajo

Extranjería,
sin colas ni citas.

Presentamos tu expediente ante Extranjería de forma telemática, con certificado digital profesional de la abogacía. Tú no pides cita, no haces cola y no te desplazas.

Qué tramitamos

Autorizaciones y visados

Familiar de ciudadano de la UE o español
Tarjeta de residencia de familiar de comunitario, el conocido EX-24, con la documentación acreditativa del vínculo y de los medios.
Residencia no lucrativa
Para quien puede acreditar medios económicos suficientes y no va a desarrollar actividad laboral en España.
Arraigo social y familiar
Regularización por vínculos y permanencia acreditada, con el informe y la documentación que cada modalidad exige.
Reagrupación familiar
Para traer a los familiares que la norma permite, acreditando vivienda y medios suficientes.
Visado de estudiante
Estancia por estudios, prácticas o investigación, y sus renovaciones.
Visado de nómada digital
Teletrabajo de carácter internacional, una de las vías con requisitos documentales más específicos.
La diferencia

Presentación telemática
por el despacho

Estamos habilitados para presentar expedientes de extranjería por vía telemática a través de la plataforma oficial de la Administración, utilizando el certificado digital profesional de la abogacía. Eso significa que el expediente lo sube el despacho, con su documentación indexada y completa, y que somos nosotros quienes damos la cara ante la Administración.

01

Revisamos tu caso

Qué autorización te corresponde realmente y qué documentación exige, antes de reunir nada.

02

Preparamos el expediente

Documentación ordenada, traducida y legalizada cuando procede, e indexada como la Administración la necesita.

03

Presentamos telemáticamente

El despacho presenta el expediente completo con certificado digital profesional. Sin cita previa y sin desplazamientos.

04

Seguimos el expediente

Atendemos requerimientos, aportamos documentación adicional y, si hace falta, recurrimos la resolución.

Dudas frecuentes

Preguntas sobre extranjería

No. El expediente se presenta por vía telemática a través de la plataforma oficial, utilizando el certificado digital profesional de la abogacía. No necesitas cita previa, no haces cola y no tienes que desplazarte: el despacho sube toda la documentación y actúa ante la Administración en tu nombre.
Depende de la autorización solicitada y de la carga de trabajo de la oficina competente. La Administración dispone de un plazo máximo para resolver que varía según el procedimiento, y transcurrido ese plazo sin respuesta el silencio tiene efectos distintos en cada caso. Lo que sí acorta los tiempos en la práctica es presentar el expediente completo y bien indexado desde el principio, porque evita requerimientos.
Atender el requerimiento dentro del plazo concedido, que suele ser breve. Un requerimiento no significa que el expediente vaya a denegarse: significa que falta acreditar algo. Nosotros respondemos por el mismo canal telemático, aportando la documentación y, cuando el requerimiento lo exige, la argumentación jurídica que lo sostenga.
Sí. Frente a una resolución denegatoria cabe recurso de reposición ante el mismo órgano y, en su caso, recurso contencioso-administrativo. Lo primero es analizar el motivo concreto de la denegación, porque de él depende si conviene recurrir o volver a solicitar corrigiendo lo que faltaba.
Sí. Al tramitarse todo de forma telemática, el lugar de residencia no es un obstáculo: trabajamos con clientes de toda España sin que tengan que desplazarse.
Consulta

Cuéntanos qué autorización necesitas.

Indícanos tu situación y qué trámite quieres solicitar. Revisamos si es la vía correcta y qué documentación vas a necesitar.

Respondemos en un plazo máximo de 24 horas laborables.
Llamar WhatsApp Consulta